SAT insta a yucatecos a presentar declaración anual para evitar sanciones

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) instó a los yucatecos que tributan como personas físicas a presentar su declaración anual del ejercicio 2023 antes del 30 de abril de 2024, con el fin de evitar sanciones por evasión fiscal.
En una rueda de prensa en las instalaciones del SAT Mérida, Denisse Esmeralda Cadena García, Administradora Desconcentrada de Servicios al Contribuyente de Yucatán, indicó que se espera que los contribuyentes asistan en tiempo y forma a rendir su declaración anual, misma que se puede realizar en línea o acudir a las instalaciones del SAT para su realización.
Añadió que a partir del 17 de abril se extenderá el horario de atención al público, de 8:30 horas hasta las 18:00 horas, donde se tendrán citas disponibles para los contribuyentes que asistan.
Señaló que esperan una asistencia diaria de alrededor de 1,200 personas en las instalaciones del SAT en Mérida para realizar este trámite.
Hasta el momento, a nivel nacional se han presentado un total de 2 millones de declaraciones, lo que sugiere que los contribuyentes están cumpliendo con sus obligaciones fiscales a un ritmo constante.
La funcionaria federal apuntó que para realizar la declaración anual 2023 en línea es necesario ingresar al sitio www.sat.gob.mx/personas/declaraciones y contar con RFC, contraseña y e.firma.
Abundó que tras el análisis del SAT se determinará si se tiene saldo a favor o en contra. Si éste llegase a ser en contra, tiene que pagarse para evitar ser sancionado, aunque este año, los contribuyentes podrán pagar su deuda hasta en seis parcialidades.
“En el caso de que en la presentación de la declaración les saliera impuesto a cargo al contribuyente, tiene opción de pagar hasta en seis parcialidades de manera mensual. El pago de la primera parcialidad tiene hasta el 30 de abril para realizarlo y las demás parcialidades las deberá de pagar el último día de cada mes que corresponda la parcialidad”, comentó.
Cadena García mencionó que en caso de que no se paga a tiempo alguna de las parcialidades se cobrará el recargo por falta de pago oportuno, “en ese sentido, la última parcialidad deberá cubrirse a más tardar el 30 de septiembre de 2024”.
Indicó que las Personas Físicas que están obligadas a tributar son quienes percibieron ingresos por sueldos y salarios, de un solo patrón y dejaron de laborar antes del 31 de diciembre, así también los supuestos si obtuvieron ingresos distintos de salarios, si trabajaron para dos o más patrones de manera simultánea, si los salarios provienen del extranjero o si la totalidad de los ingresos anuales excede los 400 mil pesos.







