El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) reveló que en siete de cada 10 divorcios en México los padres no cumplen con la obligación de la pensión alimenticia por ello la importancia de la creación del Registro Nacional de Deudores Alimentarios y de la “Ley 3 de 3”
El doctor en Derecho Rubén Osorio Paredes consideró que con el Registro Nacional de Deudores Alimentarios, cuya creación se aprobó en marzo pasado.
Ahora cada persona deberá presentar el certificado de no inscripción al Registro para la realización de varios trámites como la obtención de licencias para conducir, pasaporte y credencial de elector, para volver a casarse o para trámites referentes a la compraventa de inmuebles.
Además resaltó que tampoco podrán ser candidatos a algún cargo público de elección popular, donde la creación material del registro nacional debe estar lista a principios del 2024.
El titular del Despacho Rubén Osorio y Asociados expuso que “en dicho ordenamiento se determina que no podrá competir a un cargo de elección popular o acceder a un cargo público quien sea deudor alimentario, tenga antecedentes penales por violencia familiar, delitos contra la intimidad personal, contra la imagen personal, violencia laboral contra las mujeres, violencia obstétrica, violencia por parentesco, violencia institucional, hostigamiento sexual, acoso sexual, abuso sexual, estupro, violación o feminicidio”, explicó.
Manifestó que con la entrada en vigor, el 29 de mayo pasado, de las reformas a los artículos 38 y 102 de la Constitución para crear la llamada “Ley 3 de 3 contra la violencia”, se establece la suspensión de derechos para buscar un puesto de elección popular a las personas que hayan sido sentenciadas por la comisión de un delito sexual, por la falta de pago de pensión alimenticia o por haber incurrido en violencia familiar.
Para el profesional en derecho familiar el espíritu de esta nueva ley está en que antes de ser servidor público, antes de pensar en servir a los demás, hay que ser un buen padre y servidor en casa.